Procedimiento para la atención de los reclamos ante CONSUCOOP
1-Recibir el reclamo interpuesto por el Cooperativista en caso de que la respuesta brindada por la Cooperativa no fuese satisfactoria, debiendo presentar copia de la Hoja de la Reclamación que fue presentada ante ésta, acompañada de la respuesta correspondiente y de cualquier otra documentación que sustente el mismo.
2-Informar al Oficial de Atención al Cooperativista, el día en que se reciba el reclamo y mediante correo electrónico para que éste proceda a recopilar la información necesaria para agilizar la presentación de descargos.
3-Notificar electrónicamente al representante legal o apoderado legal de la Cooperativa Guadalupe, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles a partir del día siguiente de la recepción del reclamo, la admisión legal del mismo.
4-La Cooperativa Guadalupe, tendrá un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente hábil de la notificación electrónica. Vencido este plazo, el Ente Regulador, procederá a caducarlo y resolverá el reclamo, con base en la documentación existente en el expediente de mérito.
5-Cuando CONSUCOOP solicite información adicional al Oficial de Atención al Cooperativista de la Cooperativa, a afecto de completar el dictamen técnico, deberá atender dicha solicitud en un plazo máximo de tres (3) días hábiles.
6-Reservar el derecho de verificar la veracidad de los hechos, mediante visitas de inspección a cualquiera de las partes;
7-CONSUCOOP resolverá los reclamos interpuestos por los Cooperativista dentro de un plazo no mayor de cuarenta (40) días hábiles, contados a partir de la recepción completa de la documentación requerida a la Cooperativa y/o al Cooperativista.
8-Notificar la resolución al Cooperativista y a la Cooperativa, con copia al Oficial de Atención al Cooperativista, con el fin de dar cumplimiento en el plazo establecido, lo resuelto por dicho Ente Regulador.
9-Resolver los recursos de reposición interpuestos tanto por el Cooperativista o la Cooperativa, éstos deberán ser presentados en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha de la notificación de la resolución. Para interponer los Recursos de Reposición que estime conveniente.